De acuerdo con el DFL Nº 206 del año 1960, todos los vehículos de carga de dos o más ejes deben ser pesados en Plazas de Pesaje, arriesgando multas por sobrepeso o evasión.
¿Qué es son las Plazas de Pesaje?
Las Plazas de Pesaje corresponden a puntos de control fijos instalados en distintas carreteras, diseñados para controlar el peso de los vehículos que circulan por las rutas. Disponen también, de un patio de estiba que proporciona las comodidades de espacio para que los vehículos puedan acomodar su carga en caso de ser necesario o solucionar algún inconveniente.
Se constituyen de dos estaciones de pesaje para control de sobrepeso de los vehículos que transiten en ambos sentidos de circulación de la ruta. La estación de Pesaje incluye balanzas Selectiva y de Precisión. Además, de un Sistema de Control de Evasión, encargado de registrar todos aquellos vehículos que transportan carga que no ingresan a la Balanza de Selección, por lo que cualquiera que intente evadir o fugarse del control de pesaje será registrado con fotografías del paso del vehículo e identificación legible de su patente y finamente multado por el departamento de pesaje.
La Balanza de Selección está ubicada en una pista lateral y los vehículos se pesan en ella a velocidad media de hasta 60 Km/h, pudiendo ser desviados a la Balanza de Precisión para un pesaje punitivo o regresar sin detenerse a la carretera sin mayor demora ni afectación de la fluidez del tránsito. El procesamiento del pesaje está distribuido en distintas unidades computarizadas.
¿Para qué sirven?
Los controles de peso tienen como objetivo principal impedir la circulación de vehículos con sobrepeso, que es el principal factor de deterioro acelerado de la carpeta asfáltica con el paso de los años.
Los camiones que exceden los límites máximos de carga, además, de provocar un inminente deterioro en las vías, generan el constante riesgo de accidentes de tránsito incluso con riesgo de muerte para el chofer o demás conductores de la ruta.
¿Cómo funciona?
Todos los vehículos de carga de dos o más ejes deben ser pesados por ella. Para poder realizar el pesaje de cada uno, estos vehículos deben ingresar a la pista de pesaje en movimiento donde se encuentra la balanza selectiva, con el objetivo de determinar su peso dinámico.
En el caso que el peso obtenido por la balanza selectiva esté dentro de los márgenes permitidos, el vehículo es avisado mediante un dispositivo indicador que puede continuar su marcha reingresando a la carretera. Por el contrario, si el pesaje dinámico sobrepasa los márgenes permitidos, el dispositivo indicador le avisará al conductor del vehículo que continúe hacia la Balanza de Precisión.
La Balanza de Precisión realiza la estimación del peso de manera más exhaustiva e independiente por cada uno de sus ejes. Si el peso de cada eje está dentro de los márgenes permitidos, al vehículo se le indica que puede seguir reingresando a la carretera, a través de un semáforo ubicado en frente de él. Si alguno de los pesos está dentro de la tolerancia, el vehículo es desviado hacia el patio de estacionamiento y se le solicitará que redistribuya su carga. Si, por el contrario, alguno de los pesos está fuera de la tolerancia, el vehículo será desviado hacia el patio de estiba y se le cursa una multa cuyo valor dependerá del tonelaje excedido. Sin embargo, es posible que el vehículo sólo tenga una mala estibación de la carga, por lo que puede redistribuirla en el patio de estiba, es decir, repartir el peso para que todos los ejes queden dentro de los márgenes permitidos, y volver a pasar por la balanza de precisión con el objeto de chequear nuevamente su peso por eje.
En el caso que el reordenamiento de la carga le permita adecuarse a los pesos permitidos, podrá retomar la carretera, pero con la multa ya cursada. De no poder hacer que los pesos de los ejes estén dentro de los márgenes permitidos, deberá trasladar la carga a algún otro vehículo, en el patio de estacionamiento, antes de seguir en carretera.
Multas y sanciones
Según lo dispuesto en la Ley Nº 15.840, de 1964 y del DFL Nº 206, de 1960, en su artículo 53 las infracciones a las normas de sobrepeso máximo de vehículos y cargas serán castigadas con penas de multas a beneficio del Ministerio de Obras Públicas y su conocimiento corresponderá al Juez de Policía Local del lugar donde aquéllas se hubieren cometido.
Las infracciones se clasifican y sancionan de la siguiente forma:
- Leves: aquellas en que el o los excesos de peso por ejes, el exceso de peso bruto total del vehículo, o la suma de ambos excesos sea superior a 0,01 y hasta 1,00 tonelada con respecto a los máximos permitidos, serán castigadas con multa de 2,00 a 3,00 unidades tributarias mensuales.
- Menos graves: aquellas en que el o los excesos de peso por ejes, el exceso de peso bruto total del vehículo o la suma de ambos excesos sea superior a 1 y hasta 2,00 toneladas con respecto a los máximos permitidos, se castigarán con multa de 3,01 a 4,00 unidades tributarias mensuales.
- Graves: aquellas en que el o los excesos de peso por ejes, el exceso de peso bruto total del vehículo o la suma de ambos excesos sea superior a 2 y hasta 5,00 toneladas con respecto a los máximos permitidos, serán castigadas con multa de 4,01 a 8,00 unidades tributarias mensuales.
- Gravísimas: aquellas en que el o los excesos de peso por ejes, el exceso de peso bruto total del vehículo o la suma de ambos excesos sea superior a 5 toneladas con respecto a los máximos permitidos, se sancionarán con multa de 8,01 a 50,00 unidades tributarias mensuales.
Se entenderán gravísimas, también, tanto la negativa del conductor, sin causa justificada, para que el vehículo sea sometido a control de peso, como el estacionamiento de un vehículo cargado con o sin conductor, por tres o más horas en la plataforma vial.
- Multa por reincidencia: se aplicará una multa entre 10 y 50 unidades tributarias mensuales en aquellos casos en que se hubieren cometido más de dos infracciones gravísimas, o más de tres infracciones graves, o más de cuatro infracciones menos graves, o más de cinco infracciones leves, en los últimos 24 meses. Dicha multa podrá ser susceptible de sustitución a petición del propietario por una suspensión de actividades del vehículo afectado por un lapso de entre tres y seis meses.
Los transportistas que son sorprendidos evadiendo los controles en las plazas de pesaje arriesgan multas de hasta 2 millones 400 mil pesos, situación que es fiscalizada con apoyo de pistas de pesaje móvil que, de manera aleatoria, son ubicadas en distintas rutas del país.
Las Plaza de Pesaje no sólo contribuyen en un lento deterioro de la ruta, sino también generan efectos positivos en nuestra seguridad vial. El sobrepeso de un camión puede ocasionar fallas mecánicas, dificultad para frenar y detener el vehículo, volcamiento, entre otras severas consecuencias, poniendo peligro además del chofer a otras personas en la carretera.
CEA te aconseja que seas responsable, distribuyas adecuadamente tu carga y evites multas o accidentes.
Catalina Jeria Miranda – Abogado Asesor