Con el objeto de aumentar las exigencias en materia de seguridad para el traslado de niños, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones apoyó una iniciativa legal parlamentaria.
Esta ley, la N°20.904, amplía la edad de traslado de niños en el asiento trasero hasta los 12 años. Esta medida entrará en vigencia a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial. Se exceptúan de esta obligación los vehículos de cabina simple.
La ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive, además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg). Esta nueva exigencia entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de fines de marzo de 2017. Se exceptúan de esta obligación los servicios de transporte de pasajeros en taxi, en cualquiera de sus modalidades.
Un reglamento determinará qué sistema de retención se aplicará para cada edad y peso.
Por último, la iniciativa aumenta las sanciones por no llevar a un niño en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa aproximada entre 1,5 a 3 UTM (entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto según CONASET.