La autoridad destacó que, a partir del año 2017, los automóviles catalíticos de modelos anteriores al 2012, deberán cumplir con la restricción vehicular permanente entre los meses de mayor contaminación, es decir mayo y agosto.
El Intendente Metropolitano Claudio Orrego y el Ministro del Medio Ambiente Pablo Badenier dieron a conocer esta regulación en el marco de la aprobación del nuevo plan de descontaminación del Gran Santiago.
Con esta normativa, cada día entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, tendrán restricción dos dígitos y la medida abarcará 4 dígitos si se decreta alerta ambiental.
La resolución se tomó porque en el año 2012 comenzaron a venderse los autos con tecnología de emisión Euro IV bencineros y Euro V en petroleros que son menos contaminantes.
A ello se le suma la inclusión de las motocicletas al plan, afectando aquellas cuya antigüedad sea mayo del 2010 hacia atrás. Decisión que considera, al siete por ciento de todo el parque de motocicletas que, según el Ministro de Transportes, Andrés Gómez Lobo, son más contaminantes incluso, que un vehículo del mismo año.
También señalaron: "La creación y formalización de una zona de baja emisión para vehículos pesados", la cual consiste en la prohibición de ingreso al anillo Américo Vespucio para vehículos pesados con más de 12 años de antigüedad.
Cabe mencionar que la multa por no respetar la restricción vehicular cuesta 1,5 UTM, es decir 68.998 pesos. No obstante, si es cancelada dentro de los primeros cinco días posteriores a que fue cursada, el monto baja un 25%, quedando en 51.748 mil pesos.