¿Recibiste alguna multa de una ciudad en la que no estuviste? ¿De un vehículo que ya vendiste? Incluso si consideras que el monto de la multa es desproporcionado y puedes justificarlo, existen situaciones en las que recibir una notificación de una infracción de tránsito no significa necesariamente que debas pagarla sin más.

En la ley existen herramientas para apelar y corregir los errores ante el Juzgado de Policía Local.
El artículo 21 de la Ley 18.287 indica que antes del pago correspondiente, el Juez podrá dejar sin efecto o moderar una multa si el afectado hiciere valer antecedentes que a juicio del Tribunal comprueben la improcedencia de la sanción o su excesivo monto.
El plazo que establece la ley para oponer esta reposición es de 30 días contados desde la notificación de la resolución condenatoria.
El objetivo es que el tribunal revise nuevamente los antecedentes y, si corresponde, deje sin efecto o modifique la sanción.
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¿Cómo se hace esta reclamación?
Depende de la circunstancia, te enumero unos ejemplos:
La multa va dirigida al conductor
Cuando un carabinero o fiscalizador municipal detiene el vehículo por infringir una norma de tránsito, éste toma los datos de quien maneja el vehículo. La infracción va dirigida directamente a la persona que conduce. No al vehículo.
En este caso, el infractor deberá asistir el día y hora que lo cite el Juzgado de Policía Local de la comuna donde cometió la infracción. Esta oportunidad sirve para realizar todos los descargos y defensas que tuviere el conductor, explicando por qué considera que la multa no corresponde, fue mal aplicada o es de monto desproporcional. Se debe acompañar cualquier medio de prueba que ayude al conductor a justificar su acción.
La multa va dirigida al vehículo
Sin identificar a la persona que cometió la infracción, ésta se registra automáticamente a partir de la patente del vehículo. Estas multas consideran aquellas que fueron cursadas por cámaras o registros automáticos, multas de estacionamiento mal efectuado o cuando éstas pasan al Registro de Multas de Tránsito no Pagadas del Registro Civil.
El responsable, para efectos administrativos, será el propietario del vehículo momento de la infracción. Es decir, la persona que esté inscrita como dueño en el Registro Civil. El procedimiento de reposición será el mismo que indicado anteriormente.
Es posible solicitar la eliminación o la rebaja de la multa presentando un escrito al Juzgado de Policía Local competente, acompañando los medios de prueba que considere procedentes.

La multa se encuentra prescrita
Cuando una infracción no es pagada oportunamente en el Juzgado, como apercibimiento, son enviadas al Registro de Multas de Tránsito no Pagadas de Registro Civil, lo que impedirá que se renueve el permiso de circulación antes de regularizarlas.
Sin embargo, si han transcurrido tres años contados desde que la multa fue publicada en el Registro, es posible solicitar la prescripción de ellas. Este procedimiento se realiza presentando un escrito ante el Juzgado de Policía Local competente.
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La multa fue cometida por un dueño anterior
Por razones administrativas, no es poco común que se anote en el Registro una multa que fue cometida por el dueño anterior del vehículo.
La regla consiste en que el nuevo propietario no es responsable de las multas cometidas por el dueño anterior, siempre que estas no estuvieran publicadas en el Registro al momento de la compra.
Sin embargo, lo anterior no se realiza de manera automática, pues la multa realizada por el dueño anterior del vehículo de todas maneras impedirá la renovación del Permiso de Circulación si no se pagare antes.
¿Qué hacer en tal caso? El tramite para darle solución a este problema es simple. Deberá asistir al Juzgado competente y presentar un escrito que solicite la eliminación de la multa, acreditando la fecha de adquisición y cambio de dominio. Esto eximirá al actual dueño de responsabilidad respecto de esa multa.
En definitiva, el hecho de recibir una multa no implica necesariamente que debas pagarla. Si cuentas con antecedentes que demuestran un error, una prescripción o un cambio de propietario, el Juzgado de Policía Local puede revisar y corregir la situación. Conocer tus derechos te permite evitar pagos indebidos y mantener al día la documentación de tu vehículo.
René Zapata - Abogado Asesor








