“Ninguna persona podrá conducir un vehículo cuando se encuentre en condiciones físicas o psíquicas deficientes.”
Así reza el Artículo 109 de nuestra Ley de Tránsito.

“Ninguna persona podrá conducir un vehículo cuando se encuentre en condiciones físicas o psíquicas deficientes.”
Así reza el Artículo 109 de nuestra Ley de Tránsito.
No es menor que en durante un estudio realizado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en el año 2017 se arrojara la preocupante cifra de que el 53% de lo fallecidos en siniestros de tránsito fueron los usuarios más vulnerables: ciclistas, peatones y motociclistas, durante el año 2021, según el Anuario Estadístico de Siniestros de Tránsito, la cifra de accidentes fue de 80.751, falleciendo un total de 1.688 personas y quedando lesionadas un total de 51.928.
Circular por autopistas concesionadas en Chile requiere de la instalación del TAG, que consiste en un dispositivo electrónico puesto en el parabrisas delantero del vehículo y que detecta el paso del mismo por los distintos pórticos de las autopistas urbanas e interurbanas con el objetivo de realizar los cobros de manera electrónica y automática mediante el sistema de “free flow”.
En marzo pasado se publicó la Ley que regula el uso de los vidrios polarizados en vehículos motorizados en nuestro país y que tenía un periodo de marcha blanca que duró hasta el 11 de agosto, cuando entró en vigencia definitivamente la Ley.
Durante Fiestas Patrias aumentan los desplazamientos, los controles y, con ellos, las posibilidades de cometer una infracción. Conocer las principales sanciones permite prevenirlas y, sobre todo, entender que el cumplimiento de las normas de tránsito es parte esencial de una movilidad segura.
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