Ya se ha promulgado la ley que modifica la actual legislación de tránsito en miras de prevenir delitos de robo de vehículos motorizados.

Ya se ha promulgado la ley que modifica la actual legislación de tránsito en miras de prevenir delitos de robo de vehículos motorizados.
Infracción al artículo 114 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, el cual señala que “en los caminos públicos en que opere un Sistema Electrónico de Cobro de Tarifas o Peajes, sólo pueden circular los vehículos que estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado (Televía) u otro sistema complementario que permita el cobro del peaje. De transgredir esta prohibición, el usuario será sancionado como infractor, según lo dispuesto en el Art. Nº 200, Nº 7, del mismo texto legal citado”.
Según datos de la CONASET, los accidentes de tránsito son la primera causa externa de muerte en niños de 1 a 14 años. Por lo que resulta de vital importancia que tomemos conocimiento sobre las medidas de seguridad impuestas por la autoridad que debemos adoptar en nuestra conducción.
Se acerca el periodo de vacaciones de invierno y debemos estar prevenidos y tener nuestro vehículo en condiciones para salir de Santiago, además de conocer las normas de tránsito y ser usuarios y conductores precavidos a la hora de utilizar la vía.
Si tomamos en cuenta la variedad de trazados que tiene el sistema vial de una ciudad, con sus formas y relieves, nos encontramos con un sinnúmero de maneras y lugares donde, en los hechos, podríamos dejar nuestro vehículo estacionado. Sin embargo, la ley establece limitaciones que hay que tener en consideración para evitar ser multado.
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